GUÍA DE INFORMACIÓN GENEALÓGICA


Caja de Pandora


En la mitología griega, Pandora fue la primera mujer hecha en el cielo por orden de Zeus. Fue llevada a la Tierra y presentada a Epimeteo quien tenía en su casa, entre sus objetos, un baúl. Creció en Pandora la curiosidad por conocer su contenido hasta que un día abrió la tapa para mirar dentro; en ese momento escaparon de la caja una multitud de plagas que se repartieron por todas partes. Pandora se apresuró en cerrar la caja, pero ya era tarde, todo el contenido había escapado, exceptuando una sola cosa que yacía confundida en el fondo, era la esperanza. Desde entonces, aunque los males nos acechen, la esperanza nunca nos abandona por completo. Mientras tengamos  esperanza, ningún mal puede derrotarnos completamente.

Así será este espacio, un baúl conteniendo la esperanza, ya que aquí publicaremos recursos que nos orientarán en nuestras búsquedas, quizás en los momentos mas inesperados.

 


Dispensas Matrimoniales


Existen documentos denominados informaciones matrimoniales, que describiremos en otro artículo, en los que podemos encontrar referencias a Dispensas Matrimoniales pero, de qué se tratan?

La Dispensa de un impedimento matrimonial es una figura jurídico-canónica que se encuentra definida por el Código de Derecho Canónico, en su Capítulo V – De las Dispensas, cánones 85 a 93.

El Canon 87.1 dice: El Obispo diocesano, siempre que, a su juicio, ello redunde en bien espiritual de los fieles, puede dispensar a éstos de las leyes disciplinares tanto universales como particulares promulgadas para su territorio o para sus súbditos por la autoridad suprema de la Iglesia; pero no de las leyes procesales o penales, ni de aquellas cuya dispensa se reserva especialmente a la Sede Apostólica o a otra autoridad.

Las Dispensas se aplican a los impedimentos matrimoniales, o prohibiciones para casarse válidamente, por adolecer de alguna de las condiciones señaladas en la ley canónica. Algunos impedimentos pueden dispensarse y otros no.

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Pinceladas del Notariado

 

Los archivos notariales son una fuente inagotable de información para los genealogistas, historiadores e investigadores que los consultamos para profundizar sobre diversos hechos históricos. Por eso me pareció interesante indagar en sus orígenes y ofrecerles algunas pinceladas sobre la historia de este antiguo oficio.

Encontramos los antecedentes directos del notario en el singrapho griego y el notarius romano. A partir de entonces comenzó a esbozarse una profesión que nace como tal en el siglo XII, en la Universidad de Bologna.

El término notario proviene de la Antigua Roma y significa aquel que toma nota o anota rápidamente. Los notariis eran los secretarios de los importantes ciudadanos romanos que los acompañaban en sus viajes, tomaban notas y redactaban los escritos necesarios para la administración de sus negocios. Pero la función notarial no estuvo a cargo de una sola persona sino que se atribuyó a distintos funcionarios: los scriba conservaban los archivos judiciales y daban forma escrita a las resoluciones judiciales y también coexistieron los jurisconsultos, los tabularios y los tabeliones.

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Divorcios Parroquiales 


En el Archivo Arzobispal de Paraná hemos hallado algunas demandas de divorcio entabladas durante el siglo XIX ante el Tribunal Eclesiástico de esa ciudad.

El signo común en estos pedidos de divorcio es el de la sevicia, es decir la violencia familiar que denuncia la esposa por los malos tratos del marido, solicitando la separación “quod thorum ad mutuam cohabitationem”,  situación que ya encontramos como denominador común en bibliografía sobre el tema, del siglo XVII.

Si bien la Iglesia nunca aceptó la disolución del vínculo conyugal, en casos graves podian suspenderse las obligaciones inherentes al matrimonio de dos maneras: por el divorcio o la nulidad. Con el divorcio se autorizaba la separación física, que no podían efectuarla sin autorización de la Iglesia, y sin permiso para contraer nuevas nupcias hasta la muerte de su cónyuge. Con la nulidad era posible contraer nuevas nupcias, por considerarse que el matrimonio había sido celebrado entre imposibilitados, de algún modo, y se declaraba que habia sido  nulo desde el principio. En el presente trabajo, debido a nuestro hallazgo, desarrollaremos únicamente el tema de los divorcios parroquiales.

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Analía Montórfano

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